LEY 724 DE 2001

 

(diciembre 27)

 

por la cual se institucionaliza el D�a de la Ni�ez y la Recreaci�n y se dictan otras disposiciones

 

El Congreso de Colombia

 

DECRETA:

 

Art�culo 1�. Establ�cese el D�a Nacional de la Ni�ez y la Recreaci�n, el cual se celebrar� el �ltimo d�a s�bado del mes de abril de cada a�o.

 

Art�culo 2�. Con el objeto de realizar un homenaje a la ni�ez colom�biana y con el prop�sito de avanzar en la sensibilizaci�n de la familia, la sociedad y el Estado sobre su obligaci�n de asistir y proteger a los ni�os y ni�as para garantizarles su desarrollo arm�nico e integral, durante el mes de abril de cada a�o las organizaciones e instituciones del orden nacional, departamental y municipal, sector central y descentralizado, dise�ar�n y desarrollar�n programas, actividades y eventos que funda�mentados en una metodolog�a l�dica, procurar�n el acceso de los ni�os y ni�as a opciones de salud, educaci�n extraescolar, recreaci�n, bienestar y participaci�n adem�s de la generaci�n de espacios de reflexi�n sobre la ni�ez entre los adultos.

 

Art�culo 3�. Autor�cese al Gobierno Nacional para que reglamente lo concerniente a la coordinaci�n institucional que involucre a los organis�mos p�blicos como a los organismos privados y sin �nimo de lucro.

 

Art�culo 4�. El Gobierno queda autorizado para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias y realizar los traslados requeridos para el cumplimiento de la presente ley.

 

Art�culo 5�. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgaci�n.

 

El Presidente del honorable Senado de la Rep�blica,

 

Carlos Garc�a Orjuela.

 

El Secretario General del honorable Senado de la Rep�blica (E.),

 

Luis Francisco Boada G�mez.

 

El Presidente de la honorable C�mara de Representantes,

 

�� Guillermo Gaviria Zapata.

 

El Secretario General de la honorable C�mara de Representantes,

��������������

Angelino Lizcano Rivera.

 

REPUBLICA. DE COLOMBIA ‑ GOBIERNO NACIONAL

 

Publ�quese y c�mplase.

 

Dada en Bogot�, D. C., a 27 de diciembre de 2001.

 

ANDRES PASTRANA ARANGO

 

El Ministro del Interior,

 

Armando Estrada Villa.

 

La Viceministra T�cnica del Ministerio de Hacienda y Cr�dito P�blico, encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Cr�dito P�blico,

 

Catalina Crane Dur�n.

 

 

 

VOLVER A LA PAGINA DE LA COMISION